Autonomía universitaria en tiempos de crisis
Por Ligia Nicolai
Este año la universidad argentina celebra los 30 años de haber logrado el reconocimiento de la autonomía en la Constitución Nacional y, paradójicamente, en lugar de conmemorar la conquista cimentada en luchas y debates de siglos de historia universitaria mundial, tuvo que salir a defenderla y a explicar el profundo sentido que tiene para educar ciudadanos con pensamiento crítico y generar conocimientos en libertad.
En rigor, la autonomía universitaria se introdujo en el artículo 75, inciso 19, de la Carta Magna de 1994, lo que significó la independencia política y administrativa de las universidades públicas respecto de decisiones que pudiera tomar el Poder Ejecutivo. Es precisamente esa libertad para gobernarse lo que permite a las universidades realizar su propia elección de autoridades, dictar sus estatutos y definir programas de estudio.
La consagración que se logró hace tres décadas estuvo dirigida a evitar que los intereses del Poder Ejecutivo generen cambios arbitrarios en el normal funcionamiento universitario. Ahora bien, incluso con la autonomía como principio y a 30 años de ese hito histórico, las universidades atraviesan una crisis de envergadura que lleva necesariamente a pensar para qué sirve la autonomía universitaria en momentos como los actuales. Las palabras del rector de la UNNOBA, Guillermo Tamarit, y del decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), Miguel Berri, expertos en el tema por sus trayectorias y conocimiento sobre la universidad pública, acercan una respuesta.
Berri, especialista en Derecho Constitucional, plantea que la postura del gobierno actual claramente no es afín con la universidad pública y así lo denotan sus acciones. Sin embargo, considera que hay un “claro de luz” al entender al gobierno como una “mayoría circunstancial”: “El gobierno representa una mayoría circunstancial como antes la representaron otros. En la democracia, las mayorías no son permanentes sino que son inestables y, ante un sistema republicano como el nuestro, esas situaciones varían constantemente. Aun cuando persistan los cambios sociales que traen aparejados esas mayorías, ellas no pueden violar la Constitución Nacional”.

En este sentido, como refiere Berri, quien se desempeña como profesor de Derecho Público en la UNNOBA, no pueden esas mayorías violar los elementos constitucionales, aquellos que hablan de la autonomía y autarquía de las universidades: “Nuestra Constitución plantea estos principios, con lo cual (las universidades) deben tener un presupuesto que les permita funcionar. Si en algún momento el Congreso Nacional dictara leyes que impidan el normal desarrollo de la universidad, aún queda la vía judicial para resolver el conflicto”.
Sus palabras se entrelazan directamente con lo que manifiesta el doctor Tamarit acerca de la importancia del rango constitucional de la autonomía universitaria y del papel central del Congreso de la Nación: “El concepto de autonomía implica que las universidades no pertenecen ni a la administración central, ni a sus agentes al sector público nacional, construyendo así un ente jurídico descentralizado y con total independencia del Poder Ejecutivo Nacional. El control lo puede ejercer el Congreso Nacional, que es quien financia las universidades y las controla, a través de la Auditoría General de la Nación (AGN), o el Poder Judicial“. “El único poder que no puede intervenir es el Poder Ejecutivo”, subraya el rector de la UNNOBA.
Tamarit, doctor en Ciencias Jurídicas (UNLP), sugiere que la herramienta más valiosa con que cuentan las universidades en la actualidad es, precisamente, la autonomía: “Es determinante, porque sin la autonomía lo que estaría en crisis sería el sistema universitario. Las misiones y visiones de la universidad van a persistir, estamos en un momento de tensión, pero no está en discusión cuál es el modelo universitario.” En otras palabras, gracias a que la autonomía es un principio constitucional, son las universidades las que se encuentran en crisis y no el sistema universitario en su conjunto.

La historia de la autonomía universitaria
El concepto de autonomía universitaria tiene un largo recorrido histórico en Argentina y posee como antecedente central los postulados de la Reforma Universitaria de 1918, que planteaba entre sus principios la necesidad de garantizar el desarrollo institucional, sin injerencia de los gobiernos que podrían interferir en las funciones universitarias esenciales, como la académica, la investigación y la extensión.
“El concepto de autonomía y autogobierno surge, tal como lo entendemos, del movimiento denominado ‘Reforma Universitaria’ de 1918, como oposición a la necesidad que tenía un grupo perteneciente a las élites de mantener el manejo de las universidades”, contextualiza Berri. Por su parte, Tamarit comenta: “Desde la Reforma en adelante hubo distintos momentos por los que ha atravesado la universidad pública y su concepción de autonomía, incluso momentos de intervención en los períodos de gobiernos no democráticos y ataques en períodos de democracia”.
Finalmente, el camino hacia la autonomía universitaria se cierra luego del debate previo a la reforma de la Constitución en 1994, cuando se encuentra el reconocimiento en la voluntad de los constitucionales constituyentes. Allí las posiciones doctrinarias reflexionaron y debatieron, incluso, si lo que se requería era autonomía o autarquía para las universidades.
Tanto Tamarit como Berri aclaran que esa discusión logró saldarse con la nueva Constitución de 1994 que establece que le corresponde al Congreso:
sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del Estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales. (Artículo 75, inciso 19 de la Carta Magna de 1994)

En este sentido, Tamarit recupera la posición del convencional Humberto Quiroga Lavié, quien tiene una extensa y comprometida trayectoria en la gestión universitaria, y es un exponente destacado de los estudios constitucionales de nuestro país:
El texto habla de la autonomía y utiliza esa sola palabra, que se puede desagregar, por supuesto. Se puede hacer referencia a la autonomía institucional, a la económica, a la financiera, a la administrativa, a la académica. Pero si aquí se menciona solamente la autonomía, cada vez que el Gobierno de la Nación quiera desconocerla, al menos yo voy a sostener que está desconociendo que en esta palabra estarán incluidas las autonomías institucional, académica, económica y financiera. No puede ser de otra forma. La autonomía institucional también, pero no le voy a negar al Congreso la posibilidad de que dicte una ley universitaria y de base. Eso sería como negar la historia de las atribuciones federativas de la República (Diario de sesiones de la Convención Nacional Constituyente: 3263).
La gratuidad, un rasgo distintivo de la universidad argentina
Otro de los principios en relación a la educación superior de nuestro país es el de gratuidad, que también adquiere rango constitucional en 1994. “Se trata de una de las distinciones más destacadas en lo que respecta a la educación superior en América Latina y el resto del mundo”, asegura Berri e insiste: “La autonomía y la gratuidad son conquistas sociales, una tradición que no debe discutirse con liviandad y el pueblo lo ha demostrado”.

Tamarit explica que la gratuidad constituye un rasgo de la universidad argentina : “Nuestra universidad tienen características que la ubican entre las mejores del mundo y esto puede verse en la calidad de sus estudiantes y profesionales. No hay otro país que tenga una universidad masiva, gratuita y de calidad y que haya atravesado en los últimos cinco años un mil por ciento de inflación”. Es decir, el rector de la UNNOBA sugiere que, a pesar de las adversidades económico-financieras que atraviesa nuestro país, el esfuerzo de la sociedad argentina, de sus estudiantes y de sus docentes ha permitido seguir brindando una educación de excelencia.
No obstante, para Tamarit, en un país con más del 50 por ciento de pobreza como Argentina, es válido discutir “quién hace el esfuerzo para financiar la universidad pública”, aunque también señala la necesidad de hacerlo desde una mirada que no sea reduccionista. “Incluso, con todos los problemas que tenemos, la universidad argentina es un sistema de educación masiva y de calidad, con más de dos millones y medio de estudiantes”, remarca.
Control y financiamiento
“Lo que importa de la autonomía universitaria argentina es que es un modelo histórico. Claro que la universidad tiene que rendir cuentas y, de hecho, lo hace, porque autarquía no significa plena discrecionalidad de los fondos”, sostiene Berri.
Sobre este punto Tamarit explica que, por decisión de las universidades, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), un órgano del Poder Ejecutivo, tiene la potestad de controlar a las Universidades. Sin embargo, es importante aclarar que son las propias universidades las que se ponen a disposición de este organismo. “Debe quedar claro que el Poder Ejecutivo no es quién financia ni quien controla a las universidades”, remarca Tamarit.

En definitiva, la autonomía permite que hoy la universidad pública siga funcionando y siga siendo esa institución pública, gratuita y de calidad que nos representa en el mundo, más allá de los ataques actuales por parte del Poder Ejecutivo Nacional. “Ante estas circunstancias debemos seguir haciendo más y mejor universidad pública y de calidad, es decir, hacer lo que sabemos hacer todos los días: enseñar, formar profesionales, investigar, brindar soluciones a la comunidad, desarrollar actividades culturales, transferir conocimientos e innovación en beneficio de la sociedad”, subraya el rector.