Diversidad de voces sobre el derecho de todos los días

Jornadas de Derecho“Es sustantivo que la comunidad se interiorice sobre el proceso de construcción de las leyes, porque ellas tienen impacto en la vida cotidiana y porque el conocimiento fortalece el sistema institucional”. Esta apreciación formulada por la vicerrectora de la UNNOBA, magíster Danya Tavela, en las Jornadas de Derecho Civil, Civil Procesal y Constitucional resume el espíritu que tuvo el encuentro que reunió en la Universidad a destacados especialistas para discutir alcances del proyecto de reforma del Código Civil y Comercial.

Con un enfoque interdisciplinario se discutieron diversos aspectos de la reforma, con eje en las cuestiones de familia, salud y derechos reales, además de temas vinculados al Derecho Comercial.

Las Jornadas de Derecho Civil, Procesal Civil y Comercial fueron organizadas por el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Pergamino, con el auspicio de la Escuela de Ciencias Económicas y Jurídicas de la UNNOBA, cuyo Consejo Directivo declaró la actividad “de interés académico”.

En diálogo con El Universitario, varios de los disertantes describieron aspectos medulares del proyecto, destacaron aciertos y formularon críticas. Coincidieron en señalar el “desconocimiento” de la sociedad respecto de las cuestiones que se prevén en la reforma y vieron con asombro que suceda en un campo como el Derecho Civil, que tiene que ver con “el derecho de todos los días”.

Giuliani

Walter Giuliani, Juez de Familia: “Los niños podrán ejercer sus derechos por sí mismos”

En materia de familia, el doctor Walter Giuliani, juez del Juzgado de Familia de Pergamino, destacó los avances que propone el proyecto de reforma del Código Civil en materia de participación activa del niño en el proceso judicial: “Brinda posibilidades ciertas a los niños, niñas y adolescentes de ejercer sus derechos por sí mismos, no a través de los representantes legales como pueden ser los progenitores y tutores. Esto se enlaza con la figura del abogado del niño”.

“A modo de excepción, el proyecto recepta el principio de autonomía o capacidad progresiva siempre que el niño tenga la edad y el grado de madurez suficiente. Esto importa un gran desafío para los juzgados, que deberemos hacer esa valoración”, indicó el magistrado.

Con respecto al abogado del niño, recordó que en la provincia de Buenos Aires se sancionó la Ley N° 14.568 que crea la figura y un registro provincial bajo la órbita del Colegio de Abogados bonaerense.

“El proyecto de reforma es un reflejo de la cantidad de convenciones y tratados de derechos humanos que fueron incorporados con la reforma constitucional, la Convención Interamericana de Derechos Humanos, la Convención de los Derechos del Niño y también de las leyes que se han sancionado, como la de Promoción y Protección de los Derechos del Niño y la reciente ley que regula el proceso de adopción que reflejan el avance mundial en materia de derechos humanos”, opinó Giuliani.

SambrizziEduardo Sambrizzi, Academia Nacional de Derecho: “El proyecto no respeta el sentir del pueblo”

Una de las voces más críticas al proyecto de reforma del Código Civil en materia de familia fue la del doctor Eduardo Sambrizzi, miembro de la Academia Nacional de Derecho de Buenos Aires, quien lo consideró “una elaboración jurídica que no respeta el sentir del pueblo argentino”.

“El proyecto, que se pretende progresista, significa retrocesos en filiación y divorcio, es lesivo de la institución matrimonial. Creo que se debe dar prioridad al casamiento porque para la sociedad, la familia y los hijos es mejor que las personas que conviven estén casadas”, planteó y también se mostró crítico de algunos aspectos vinculados a la procreación asistida, como la “procreación post mortem” por cuanto a su entender “nacerán huérfanos por encargo”.

“Tampoco estoy de acuerdo con la voluntad procreacional que determina que para ser padres alcanza sólo con el consentimiento, sin ningún límite. Se ha tardado años en determinar que es hijo de una persona aquel que tiene una relación genética y ahora se quiere volver atrás”, advirtió Sambrizzi.

“Las leyes tienen que reflejar lo que es bueno para la sociedad, no lo que existe en ella cuando eso se estima como algo malo. Porque las leyes tienen un efecto docente y la gente piensa que lo que dicen está bien”, agregó y recordó que muchas de las reformas planteadas han recibido “duras críticas en el ámbito jurídico y en las comunidades del interior”.

En este punto recordó: “Las críticas han tenido algún eco en el Senado, que felizmente modificó algunos aspectos. Por ejemplo, estableció la convivencia como deber matrimonial y eliminó el llamado ‘alquiler de vientres’; también cambió el artículo que establecía que en materia de procreación asistida la existencia de la persona se consideraba desde la transferencia del embrión, ahora por lo menos quedó claro que la vida comienza siempre desde la concepción”.

SosaGuillermina Leontina Sosa, Instituto de Derecho Constitucional: el derecho, una herramienta para el cambio social

La doctora Guillermina Leontina Sosa, directora del Instituto de Derecho Constitucional y Derechos Humanos del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Pergamino, analizó aspectos del proyecto en materia de salud mental y discapacidad.

“La Ley Nacional de Salud Mental seguirá vigente y hay un artículo dedicado a los derechos específicos de las personas sufrientes mentales que apunta a que tengan igualdad de oportunidades, reforzando que la internación es el último recurso. Es decir, van de la mano la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la nueva normativa del Código Civil”.

Sosa planteó que “la Ley de Salud Mental toma el modelo social de discapacidad y se adecua a los principios vigentes en el orden internacional, lo cual implica un cambio de paradigma”.

Pero, ¿la sociedad está preparada par este nuevo modelo? Para Sosa el derecho es, precisamente, una herramienta para el cambio social. Además, planteó que necesariamente “tiene que estar cuando se trata de cubrir colectivos de personas que son minoría”. “Si pensamos solamente en aquellas cuestiones para las cuales la sociedad está preparada, pensamos en una sociedad de mayorías”, añadió Sosa.

GuardiolaJuan José Guardiola, docente y camarista: “La innovación que propone el Código Civil no es tan profunda”

“A menudo se cree que los derechos reales incumben solo a los escribanos, pero esto no es así: impactan en la vida cotidiana porque tienen que ver con la compra de inmuebles, automóviles, los créditos, los conflictos de convivencia y vecindad”, opinó el doctor Juan José Guardiola, profesor titular de Derecho Privado V de la carrera de Derecho de la UNNOBA, camarista en lo Civil y Comercial de Junín y consejero académico del Consejo de la Magistratura.

Guardiola señaló que la innovación que propone el Código “no es tan profunda porque se siguieron los lineamientos del proyecto de 1998, de jurisprudencia y doctrina”.

Con respecto al conocimiento que la ciudadanía tiene sobre los alcances de las reformas, señaló: “Es escaso, no es una cuestión que reclame la sociedad, no está a favor o en contra como sí sucede con la reforma del Código Penal”.

“Que el Código Civil tiene que ser actualizado no cabe duda, lo que se podría haber hecho es encarar esta modificación con más coherencia interna. En el proyecto se ve una deficiente técnica legislativa”, criticó.

LMesaLópez Mesa, Real Academia de Jurisprudencia: “En Argentina la jurisprudencia anda a tientas”

“La figura del guardián en la responsabilidad por el hecho de las cosas es una figura casi borrosa en Argentina, un tema muy mal tratado históricamente”, comenzó el doctor Marcelo López Mesa, miembro de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.

“En Argentina la jurisprudencia anda a tientas y se aplican ciertos empirismos que van en contra de la correcta interpretación del derecho”, planteó el especialista.

López Mesa explicó que en términos jurídicos “el guardián es el encargado de cuidar una determinada cosa” y consideró que “para serlo debe tener cierto discernimiento, porque debe velar por la inocuidad de la cosa para no causar daños a terceros”.

Con respecto a cómo esta figura queda contemplada en la reforma del Código Civil y Comercial, sostuvo que “empeora las cosas porque la vuelve más difusa”.

López Mesa evaluó que el sistema judicial argentino tiene cuatro o cinco fallos correctos en 130 años de jurisprudencia. “Normalmente a esta figura se la ha dejado borrosa porque con eso se hace ideología de la reparación. Hay un criterio que indica que a las víctimas hay que darles algo, y se ve como falta de sensibilidad no hacerlo. Creo que hay que darles lo que corresponde en derecho, no hacer beneficencia con plata ajena”, resaltó.