Sharenting, infancias en la nube

 

Por Gricelda Incerti

Recuerdo de nuestro bebé. Ese era el nombre el álbum de fotos donde se pegaban las imágenes impresas de nuestros niños y niñas. Regalo de alguna tía, se compartía en los almuerzos familiares, despertando la risa por lo que se recordaba. También era tradicional disponer una hoja de papel de seda entre las hojas para separar y proteger las fotografías.

En la actualidad la infancia se ha vuelto pública y momentos que antes eran privados y generaban, incluso, algún enojo, por esa foto sin ropa en un río cordobés, ahora se exponen en línea. Esta práctica se denomina sharenting, un anglicismo que proviene de share (compartir) y parenting (paternidad) y consiste en documentar las primeras sonrisas, palabras, pasos, y cada una de las anécdotas de los más pequeños en Facebook, Instagram y otras redes sociales. Y se ha convertido en una práctica tan habitual que el diccionario británico Collins lo incluyó en sus páginas en 2016. Desde entonces, el fenómeno no ha dejado de crecer. Hasta ahora, no ha existido otra generación de niños y niñas con una infancia tan pública. Y es probable que, cuando crezcan, muchos no estén de acuerdo con ello.

María Belén Chilano, abogada y docente de la UNNOBA, explica: Este fenómeno está cada vez más presente en las prácticas de los adultos y tiene como principal característica o consecuencia la creación de una ‘huella digital’ de los y las menores. Esta huella digital no es otra cosa que el rastro que se deja al navegar e interactuar en el espacio virtual”.

Chilano es integrante del proyecto de investigación “Competencias digitales en la universidad y su impacto en las prácticas académicas y cívicas de estudiantes y profesores” de la UNNOBA. “Son los propios padres quienes construyen la identidad digital  y lo preocupante de esto es que en la mayoría de los casos se hace sin el consentimiento de ellos”, sostiene, y especifica el significado y los riesgos de la huella digital: “Es imborrable, que es para siempre. Además, la realidad también es que nunca se logra erradicar por completo esa información, una vez que la compartimos pueden hacerse capturas de pantalla y reenviarse o volverse a publicar, quedando en manos de cualquier persona”.

El trabajo sobre sharenting se desprende de una  línea de investigación que se enfoca en estudiar las formas de vulneración de la intimidad en el uso de las redes sociales. Un grupo interdisciplinario de investigadores e investigadoras, becarios y becarias de la UNNOBA, y también de universidades nacionales y extranjeras, que han sido invitadas a formar parte del grupo de investigación, desde el año 2018 estudia e investiga la relación que establecen las juventudes con las tecnologías digitales en proyectos financiados por la Secretaría de Investigación de la UNNOBA. Este proyecto está radicado en el Instituto de Política y Gobierno (IPG) de la Universidad y el equipo, dirigido por Raquel Tarullo (CONICET), está conformado por: Belisa Martino, Javier Charne, Yanina Frezzotti (CONICET), Sabrina Pompei, Clara Masciulli, Lucía Papa, Erica Izquierdo, Belén Chilano, Lorena Sarquiz, Celina Craviolatti, Sebastian Cossola , Agnese Sampietro y Mariana García. La investigación sobre sharenting fue presentada en la Jornada de Jóvenes Investigadores del año pasado.

El peligro de eternizar la infancia en las redes

Cuando somos mamás y papás nos invade la sensación de que “eso tan extraordinario no dura mucho”, entonces debemos perpetuarlo para siempre, por lo que comenzamos a fotografiar cada uno de los instantes de los pequeños: el primer llanto, el primer baño, foto con la abuela, con la tía, en la cunita o la primer sonrisa. Años atrás lo hubiéramos llamado el “sharenting analógico”.

Al realizar una búsqueda rápida en Instagram, hay veintiún millones de fotos y videos publicados con la etiqueta #bebé, y otros nueve millones con el hashtag #niño.  Fotografías producidas o casuales que capturan a un bebé, minutos después de haber nacido; también a niños y niñas cumpliendo años, comiendo, cantando o jugando. El acceso extendido de fotos y videos alimenta día a día ese archivo abierto a todos los usuarios de redes sociales. “Este trabajo es una primera aproximación que se está realizando mediante una investigación exploratoria, en la que se analiza la bibliografía existente sobre la temática, y que tiene como fin estudiar este fenómeno y las consecuencias jurídicas que puede ocasionar”, afirma la abogada, graduada de la UNNOBA, y docente del Seminario Medios de Comunicación y Sociedad, que se dicta en la carrera de Abogacía.

Para Chilano, el confinamiento favoreció el aumento de  la utilización de dispositivos digitales, desencadenando en una importante sobreexposición en las pantallas.  “En este contexto, el  trabajo pretende visibilizar los riesgos y concientizar sobre la necesidad de hábitos saludables en el mundo digital, sobre todo cuando involucra a las y los menores de edad. Puntualmente realizamos un análisis de la normativa nacional vigente para conocer si es suficiente la protección de los derechos de los menores implicados en el fenómeno del sharenting”, agrega Chilano.

 

 

La abogada insiste en que una de las consecuencias principales de este fenómeno es la creación de una huella digital y hace referencia al rastro que se deja al navegar en el espacio virtual :”Tengamos en cuenta que en nuestro país no está legislado el Derecho al Olvido, que es el derecho a solicitar suprimir de la red imágenes o datos propios. La realidad también nos dice que nunca se logra erradicar toda esa información”.

Por otro lado, hace hincapié en la postura que puedan tomar esos menores cuando crezcan: “Desde antes del nacimiento ya tenemos imágenes publicadas, y cuando alcancen cierto discernimiento puede estar en desacuerdo con esa huella que dejaron sus padres. El hecho de compartir y publicar la crianza de los chicos, se constituye así en una práctica riesgosa, que potencia la vulnerabilidad de los y las menores en las redes sociales”.

¿Y cuáles son estos riesgos?

De la investigación se desprenden algunas situaciones riesgosas que pueden acontecer y se puntualizan en dicho trabajo:

  • Violación de la privacidad e intimidad de menores.
  • Cesión de datos personales y biométricos.
  • Huella digital imborrable.
  • Ciberbullying o ciberacoso.
  • Reclamos judiciales por conflicto de los progenitores entre sí, en especial cuando se encuentran separados o divorciados, o también del niño o niña en su adultez.
  • Quienes tengan acceso a esas fotos podrán suplantar su identidad, crear perfiles falsos, hacer montajes fotográficos (tipo memes) que puedan ridiculizarlos.
  • En casos más extremos: el grooming (acción deliberada de un adulto, varón o mujer, de acosar sexualmente a una niña, niño o adolescente a través de un medio digital) y la explotación sexual infantil.

“A pesar de todas las medidas que se tomen, hay que asumir que en cuanto se sube la imagen a la red, corre el riesgo de viralizarse”, advierte la abogada y enumera las normativas vigentes que hoy tenemos en nuestro país:

  •  Contamos con la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), que es la norma de mayor jerarquía e importancia. En su art. 16 dispone que: “Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación. El niño tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques”. Además, consagra el principio del interés superior del niño como criterio para determinar el contenido de cualquier decisión en la que esté involucrado un menor de edad. Esto quiere decir, que el niño que posee discernimiento debe ser escuchado y su opinión tenida en cuenta, en toda cuestión que lo involucre.
  • En 2005 se promulgó la Ley Nacional N° 26.061 de “Protección Integral de Derechos de niños, niñas y adolescentes”, que regula el respeto por la dignidad, reputación y propia imagen de los menores, en su art. 22, y dispone que está prohibido exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar a los niños/as, cuando se lesionen su dignidad o la reputación o intimidad. Esto determina que cuando esa exposición sea manifiestamente contraria al interés superior del niño/a, no podrán desarrollarse, aún con su consentimiento y el de sus representantes legales. Es decir, si la conducta es manifiestamente perjudicial, ni siquiera su consentimiento, o el de sus progenitores, habilitaría la exposición.
  • En lo que respecta al Código Civil y Comercial de la Nación es importante el art. 53 que dispone la necesidad del consentimiento de la persona para la captación o reproducción de la imagen o la voz, salvo las excepciones que estipula. Allí no encontramos como excepción a requerir consentimiento, el hecho de que los progenitores compartan imágenes o la voz de sus hijos/as en el espacio virtual.
  • Es importante también resaltar que es deber de los padres, y así lo establece el art. 646 del Código Civil y Comercial, oír y tener en cuenta la opinión del hijo/a y también respetar su derecho a participar en su proceso educativo y en lo concerniente a sus derechos personalísimos. En el art. 26 del mismo Código se establece que, a partir de los 13 años, el o la menor puede decidir por sí mismo/a la realización de tratamientos médicos no invasivos, con fundamento en el grado de madurez presumido a esa edad. Pero nada dice en las normas sobre si se le debe reconocer, alcanzada esa edad, la facultad de negarse a que se comparta información personal en redes sociales.

Más allá de todo lo descripto anteriormente, Belén Chilano asegura que “aunque se disponga de una amplia normativa jurídica, se requiere de medidas más específicas que puedan proteger aún más los derechos de los y las menores en el uso de las redes sociales virtuales, siempre a favor del bienestar y el interés superior de ellos”. “Además, las eventuales consecuencias y riesgos mencionados, existe el robo de identidad, que todavía no encuentran recepción en las leyes”, añadió.

Por otro lado, de la investigación se desprende la importancia de la alfabetización digital: “Creemos que todo avance legislativo debe ir acompañado de una cuestión muy importante que es la de promover una alfabetización digital para contribuir a desarrollar las competencias necesarias para que usuarios y usuarias de redes puedan detectar los riesgos y tomar medidas para resguardar su seguridad y su privacidad”

Recomendaciones para progenitores

“Este trabajo de ninguna manera intenta atemorizar a los padres en su rol de usuarios de redes sociales. Entendemos que son conductas que en sí mismas son inofensivas, y que se dan en el pleno ejercicio de libertad de expresión de los padres. Pero sí creemos que es necesario tomar más conciencia de los potenciales riesgos que pueden acontecer en las redes sociales virtuales”, aclara Chilano y da pautas de cuidado a tener en cuenta: “Como recomendaciones de un buen uso de estas plataformas, podemos mencionar: no publicar fotos sensibles, aunque nos parezcan inofensivas; configurar la privacidad de cada cuenta y plataforma que se utilice; revisar de vez en cuando la lista de amigos en la red. También hay opciones como no publicar fotos sensibles, cuidar el rostro, e insistimos mucho en promover una educación digital para contribuir a desarrollar competencias, que los usuarios puedan detectar posibles conflictos a tiempo y resguardar la seguridad”.

Los especialistas en seguridad informática afirman que es importante comprobar los ajustes de privacidad y que los padres deben asegurarse qué datos están haciendo públicos sobre sus hijos. “Creo que es fundamental pensar antes de publicar y revisar regularmente las cuentas en las redes sociales para evitar que la información caiga en manos equivocadas”, añade la abogada y afirma que “tanto Facebook como Instagram cuentan con opciones para limitar lo que ven tus contactos”. Por eso, recomienda  “desactivar las funciones de ubicación y geolocalización a la hora de compartir las imágenes,  y no dar demasiada información sobre la vida privada del pequeño, sobre todo si no se conoce a ciencia cierta quién puede ver o usar esos datos”.

Diseño : Laura Caturla